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Dominios10 min de lectura

Cómo recuperar un dominio registrado de mala fe. Nic y UDRP.

Existen dos procedimientos básicos para disputar dominios registrados de mala fe o en infracción a marcas registradas: Nic Argentina y UDRP.

Existen dos procedimientos básicos para disputar dominios registrados de mala fe o en infracción a marcas registradas.

En Argentina, existen las disputas de dominio ante Nic Argentina NIC Argentina (Dirección Nacional del Registro de Dominios de Internet), para dominios locales tales como .com.ar, .ar, net.ar, entre otros.

A nivel internacional, existe la Política Uniforme de Solución de Controversias en materia de Nombres de Dominio (UDRP, por sus siglas en inglés), para los dominios .com y similares.

¿Qué es una disputa de dominio ante Nic?

Una disputa de dominio permite que un tercero que considere que cuenta con interés legítimo o mejor derecho que el titular de un registro de dominio puede disputarlo con el fin de que sea revocada su titularidad y transferida al denunciante. Esto se da en casos de mala fe, propósito ilegal, o afectación o perjuicio a otros usuarios o titulares de derechos, como pueden ser titulares de marcas registradas.

Procedimiento de disputa ante Nic.

El reclamante debe iniciar la disputa ante Nic por vía digital únicamente, acreditar su derecho mediante la presentación argumentos y prueba y pagar la tasa correspondiente. La disputa es notificada al titular, quien puede presentar su defensa en el plazo de diez días hábiles. Oídas las partes, Nic Argentina resuelve si mantiene o revoca la titularidad del dominio. En caso de revocación de titularidad, se transfiere el dominio a su legítimo titular.

¿Qué es la UDRP?

La Política Uniforme de Solución de Controversias en materia de Nombres de Dominio (UDRP, por sus siglas en inglés) es un mecanismo internacional que permite a los titulares de marcas recuperar dominios registrados de mala fe sin necesidad de recurrir a tribunales judiciales.

La UDRP fue establecida por la Corporación de Internet para la Asignación de Nombres y Números (ICANN) en 1999. Todos los entes registradores de dominios genéricos (.com, .net, .org, etc.) están obligados a incluir esta política en sus contratos de registro.

El procedimiento es administrado por proveedores acreditados, siendo el más utilizado el Centro de Arbitraje y Mediación de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).

Requisitos para un reclamo exitoso

Para que un reclamo UDRP prospere, el demandante debe demostrar los siguientes tres elementos:

1. Que el dominio sea idéntico o confundiblemente similar a una marca sobre la que tiene derechos.

2. Que el titular del dominio no tenga derechos o intereses legítimos sobre el dominio objetado.

3. Que el dominio sea registrado y esté siendo utilizado de mala fe.

Prueba de mala fe

Existen circunstancias que pueden evidenciar mala fe, como la intención de vender el dominio al titular de la marca, el bloqueo - el patrón de registrar dominios para impedir su uso por terceros-, o el intento de atraer usuarios creando confusión con una marca conocida.

Cuando el panel decide a favor del reclamante, el organismo registrante implementa la transferencia del dominio al titular que corresponda o, según el caso, su cancelación. La UDRP no resuelve reclamos por daños y perjuicios ni reemplaza acciones judiciales cuando el conflicto exige medidas más amplias.

Ventajas de los procedimientos de disputas

Tanto el procedimiento de disputa como el de UDRP ofrecen ventajas significativas frente al litigio judicial: es más rápido (de dos a cuatro meses en caso de UDRP y de cuatro a ocho meses en disputas ante Nic), más económico que un litigio judicial y las decisiones son ejecutadas directamente por los organismos registrantes o administradores de los dominios.

Conclusión

Los procedimientos de disputa son herramientas efectivas para combatir la ciberocupación y proteger las marcas en el entorno digital. Sin embargo, requiere una preparación cuidadosa del caso y conocimiento especializado para maximizar las probabilidades de éxito.

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MBC

Escrito por

Mercedes Baca Castex

Abogada y Traductora Pública con más de 25 años de experiencia en propiedad intelectual y traducción jurídica.

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